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afiliados reciben mensaje sobre reforma a la salud y Gestoras de Salud

afiliados reciben mensaje sobre reforma a la salud y Gestoras de Salud

Días atrás se divulgó que, al parecer, Sura sería la primera EPS privada en aceptar ser gestora de salud, el nuevo rol que propone el presidente Gustavo Petro para las EPS en la reforma a la salud que avanza su trámite en el Congreso con detractores y persona a favor.

“Le hemos manifestado nuestra disposición a ser una gestora de vida y salud, siempre y cuando cuente con los atributos necesarios para el óptimo desempeño de dicho rol en la gestión del riesgo en salud, gestión de riesgo operativo y representación del usuario, que hoy, insistimos, no vemos incluidos en el proyecto de ley”, dijo la EPS en un comunicado.

Pero como esta no será una decisión que se tome en el corto plazo, el Grupo Sura ya está avanzando en un plan mucho más global que fue publicado por La República. Allí mencionaron que en la más este grupo aumentó casi 12 % su utilidad durante el 2023, pero que la EPS que tiene cerca de 5,5 millones de afiliados no está del todo bien.

(Vea también: Cómo sería cambio que pretende hacer Petro con las EPS; afiliados se mantienen en alerta)

Dice el medio económico que Gonzalo Pérez, presidente de Grupo Sura —que lanzó unas buenas ofertas de empleo—, hizo referencia al desempeño del negocio de salud en la presentación de resultados del 2023 y mencionó que hay pérdidas de 224.000 millones de pesos. Sin embargo, señaló que, por el momento, no van a capitalizar la compañía, trayéndoles tranquilidad a sus afiliados.

Con esta decisión de no capitalizar, Sura busca darle continuidad al negocio y se despeja cualquier duda sobre inestabilidad de los servicios y demás conjeturas que se puedan difundir en la actualidad.

Lo que sí hará Sura conla EPS es trabajar en limitar las pérdidas mientras que avanza la reforma a la salud en el Congreso y, en el balance de Grupo Sura, se mencionó que “que es posible concluir la existencia del principio de negocio en marcha”, según publicó La República.

Sin embargo, dice este medio económico, la compañía destacó que la operación de las prestadoras de salud experimentan cambios en el modelo de la operación, pero se mantienen en prestarles los servicios a los colombianos “hasta tanto no se hagan pronunciamientos” del Gobierno sobre el futuro del modelo de salud.

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Qué pasará con Sura si se convierte en una gestora de salud

La reforma a la salud plantea algunos cambios para las empresas que durante más de 10 años han sido Entidades Promotoras de Salud, como Sura.

En el modelo que planteó el Gobierno, estas ya no pasarían a ser las administradoras de los recursos económicos, sino que tendría otras labores. La que más se ha resaltado es la de ser una coordinadora entre diferentes instituciones y que haga una especie de auditoría sobre los recursos. Esto es lo que dice el documento oficial y que fue explicado por Gestarsalud:

  1. En coordinación con los Centros de Atención Prioritaria en Salud (Caps), desarrollar todas las acciones para identificar, segmentar y analizar los riesgos en salud para la población a cargo en el territorio para la gestión en salud, incluyendo la población sana.
  2. En coordinación con las direcciones Departamentales y Distritales de Salud la conformación de las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud para los Territorios de Salud, incluyendo los CAPS, de acuerdo con las normas de habilitación definidas por el Ministerio de Salud y Protección
    Social.
  3. Coordinar la planeación estratégica del desarrollo de la Red Integral e Integrada de Servicios de Salud en coordinación con las direcciones territoriales de salud y el Ministerio de Salud y Protección Social.
  4. Gestionar el riesgo en salud en coordinación con los CAPS desde la Atención Primaria en Salud hasta la prestación de los servicios de salud de mediana y alta complejidad, según la organización de las Redes Integrales e Integradas de Prestación de Servicios de Salud (RIISS).
  5. Establecer los planes de intervención y articular la ejecución de la gestión operativa para responder a la demanda de servicios de los Centros de Atención Primaria en Salud CAPS y a las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud.
  6. Desarrollar modelos estimativos que permitan la gestión anticipada de los riesgos en salud y operacionales a través de la intervención de factores de riesgo que identifiquen patrones de comportamiento para ajustar las acciones establecidas que enfrenten el nivel de riesgo.
  7. Implementar mecanismos efectivos de coordinación asistencial al interior de las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud, que contribuyan a la continuidad de la atención de las personas.
  8. Gestionar un sistema de referencia y contrarreferencia en coordinación con las secretarias departamentales, distritales o quienes hagan sus veces y los CAPS, para la atención oportuna de los servicios de salud ; de acuerdo con las RIISS habilitadas y autorizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, incluido el traslado no asistencial cuando por condiciones del territorio y de la red así lo requiera la población.
  9. Ejecutar en coordinación con las direcciones territoriales de salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, las actividades de monitoreo y evaluación del desempeño de las RIISS.
  10. Implementar salas situacionales que permitan el análisis de información, a través de tableros de gestión para la toma de decisiones, el reporte de alertas y entrega de insumos para el ejercicio de las funciones de Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud y de las
    Entidades Territoriales.
  11. Entregar informes periódicos del funcionamiento de las Redes.
  12. Participar en el Consejo Asesor de Planeación y Evaluación de las Redes Integrales e Integradas de Servicios en Salud.
  13. Contribuir al uso eficiente, racional y óptimo de los recursos financieros.
  14. Prestar asistencia técnica con planes de capacitación a los integrantes de la red para el mejoramiento continuo, la implementación de modelos innovadores de servicios de salud y el fortalecimiento de la calidad en la atención en salud.
  15. Gestionar, en articulación con las Direcciones Territoriales de Salud, sus Centros Reguladores de Urgencias y Emergencias y los Centros de Atención Primaria en Salud CAPS, la prestación de servicios especializados para personas con enfermedades raras o huérfanas y incluyendo su prevención, diagnóstico y manejo según lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social, así como en el caso de las enfermedades de alto costo.
  16. Garantizar el acceso oportuno y expedito a los servicios de salud y a los servicios farmacéuticos a las personas que los requieran de tal forma que su prestación no afecte la oportunidad, pertinencia, seguridad y eficiencia.
  17. Implementar herramientas tecnológicas para interoperar con los sistemas de información de las RIISS y con el Sistema Público Unificado e Interoperable de Información en Salud, en la forma y condiciones que determine el Ministerio de Salud y Protección Social
  18. Realizar la auditoría de calidad, de cuentas médicas y concurrente de las prestaciones de servicios de salud componente complementario de las RIISS.
  19. Validar la facturación del componente complementario de las RIISS, la cual será remitida a la Adres para los pagos a que haya lugar.
  20. Implementar un Sistema de Información y Atención a la Población articulado con el Sistema Público Unificado e Interoperable de Información en Salud a través del cual interactúen con las personas,
    asociaciones de usuarios o pacientes y demás organizaciones de la sociedad civil, con el fin de conocer sus inquietudes, peticiones, sugerencias, quejas y denuncias, para poder dar soluciones efectivas a las no conformidades manifestadas.
  21. Realizar rendición de cuentas de sus actividades con la periodicidad, mecanismos y sobre los temas que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social
  22. Solo podrán operar en los territorios donde hayan tenido autorización como Gestoras de Salud y Vida y donde tengan mayor desarrollo de su capacidad de operación, según necesidades que determine el Ministerio de Salud y Protección Social.
  23. Realizar la gestión para el pago de las prestaciones económicas.
  24. Gestionar la atención integral de la salud del usuario.

(Vea también: Nueva EPS, y otras 4 EPS grandes que tendrán cambios por nueva medida de Petro)

Además,  el articulado ha expresado que las actuales EPS tendrán dos años para efectuar las reformas estatutarias, estructurales, administrativas y operativas para convertirse en gestoras de salud, según las indicaciones del Ministerio de Salud.

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Fuente de TenemosNoticias.com: www.pulzo.com

Publicado el: 2024-03-02 07:49:22
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